INVERSOR IBÉRICO



DESTINADO TANTO AL INVERSOR ESPAÑOL EN PORTUGAL COMO AO INVESTIDOR PORTUGUÊS EM ESPANHA

28/02/2013

CONTRATACIÓN DE JÓVENES EN PORTUGAL INCENTIVADA

Tras la publicación de la Portaria 65-A/2013, de 13 de febrero, las empresas que contraten trabajadores jóvenes, entre 18 y 30 años, podrán beneficiarse de un reembolso de las cotizaciones a la Seguridad Social portuguesa.

El contrato puede celebrarse a tiempo completo o parcial, siempre que el trabajador en cuestión haya estado inscrito en el centro de empleo un mínimo de 6 meses. También pueden contratarse trabajadores jóvenes inscritos en el centro de empleo pero no dados de alta en la Seguridad Social en los 12 meses anteriores a la solicitud del incentivo. 

Así, durante un período máximo de 18 meses, la entidad solicitante puede beneficiarse de un reembolso del 100% de la cotización en el caso de contrato indefinido y del 75% en el caso de contrato de duración determinada. El reembolso no podrá ser superior a € 175/ mes.


15/02/2013

SUBVENCIÓN A MICROEMPRESAS EN PORTUGAL


Con la publicación de la Portaria 68/2013, de 15 de febrero, se aprobó el Reglamento del Sistema de Incentivos de Apoyo Local a Microempresas. Dicho sistema tiene por objeto proyectos empresariales hasta € 5.000 o entre € 5.000 y € 25.000, en función de la localización de los mismos.

Podrán subvencionarse todos los gastos, incluyendo honorarios de contable o auditor, salvo los siguientes: a) adquisición de terrenos; b) compra o construcción de edificios; c) traspasos y derechos de uso de espacios; d) compra de vehículos automóviles y otro material de transporte; e) compra de aeronaves y otro material aeronáutico; f) adquisición de bienes en estado de uso; g) intereses durante el período de realización de la inversión; h) trabajos de la empresa para ella misma.

El incentivo, no reembolsable, se calcula aplicando un tipo del 50% a los gastos subvencionables. Asimismo, pueden financiarse hasta dos puestos de trabajo, a partir de un montante mínimo de € 5.030,64 por puesto. Dicho valor podrá aumentarse en función de las características del trabajador contratado. 

11/02/2013

SEGURANÇA SOCIAL EM ESPANHA: BASES DE INCIDÊNCIA E TAXAS PARA 2013


Com a publicação da Orden ESS/56/2013, de 28 de enero, foram aprovadas as bases de incidência de contribuição à Segurança Social espanhola para trabalhadores por conta de outrem e trabalhadores por conta própria.

A base máxima para os trabalhadores por conta de outrem é € 3.425,70; a base mínima depende da formação do trabalhador: desde € 25,50/ dia para os serventes até € 1.051,50/ mês para os engenheiros.

As taxas aplicáveis são 29,90% para a empresa e 6,35% para os trabalhadores (no caso de um contrato sem termo).

Quanto aos trabalhadores por conta própria, a base mínima é € 858,60/ mês e a máxima € 3.245,70/ mês.

As taxas podem variar de 26,50% até 29,80%, em função do tipo de benefícíos a receber.